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lunes, 3 de diciembre de 2012

El Perú entero aguardamos fallo favorable en La Haya sobre litigio marítimo con Chile

 

El Perú entero aguardamos fallo favorable en La Haya sobre litigio marítimo con Chile
HAYA O NO HAYA ... HAY SERÁ
La demanda interpuesta ante La Haya fue presentada por Perú en 2008 para solicitar la delimitación de la frontera marítima con Chile.

Todos los peruanos confiamos en el trabajo de la cancillería para obtener un fallo favorable en el diferendo marítimo con Chile que se dirime en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya.

Como se recuerda la demanda interpuesta ante La Haya fue presentada por Perú en 2008 para solicitar la delimitación de la frontera marítima con Chile, todos los peruanos esperamos que el fallo de los altos magistrados se haga con apego a la justicia y el derecho.

Hoy se inicia los alegatos orales a cargo de los representantes de Chile y Perú en La Haya.

Chile sostiene que los límites marítimos entre los dos países ya fueron definidos por los convenios de pesca de los años 1952 y 1954, postura rebatida por Perú y que merece el rechazo nacional.

La etapa oral del litigio marítimo en La Haya se prolongará 11 días hasta el próximo 14 de diciembre, después del cual ambas partes esperarán a que los jueces emitan el fallo en 2013.

LAS SENTENCIAS DICEEN:

Según el diario El Comercio, la primera sentencia de la corte (13 de diciembre del 2007) resolvió un pedido de excepción preliminar en que se argumentaba que La Haya no era competente para ver el Caso Colombia-Nicaragua, porque los límites marítimos ya estaban fijados a través de instrumentos internacionales.

“Después de examinar los argumentos presentados por las partes y el material entregado, la corte concluye que el tratado de 1928 y el protocolo de 1930 no tienen efecto en una delimitación general de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua”. Es decir que no estaba claro que el tratado y acuerdo mencionados delimitaban la frontera.

La corte también precisó que “un cuidadoso examen de las discusiones prerratificatorias del tratado de 1928 por y entre las partes confirma que ninguna de ellas asumió en ese tiempo que el tratado y protocolo fuera designado para efectuar una delimitación general del espacio marítimo entre Colombia y Nicaragua”. Esto nos favorece porque el caso del diferendo marítimo Perú-Chile es similar.

El otro fallo al que hace referencia el diplomático chileno es el Caso Honduras-Nicaragua (8 de octubre del 2007), el cual favorece aun más la causa peruana: “El establecimiento de una frontera marítima permanente es materia de una trascendental importancia y no es fácil de presumir un acuerdo. Una línea de facto podría, en ciertas circunstancias, corresponder a la existencia de una frontera legal acordada o podría estar más en la naturaleza de una línea provisional o una línea para un propósito limitado y específico, tal como compartir un recurso escaso. Incluso si ha habido una línea provisional considerada conveniente durante un período de tiempo, esto debe distinguirse de una frontera internacional”.

La jurisprudencia que se establece en ambas sentencias respalda más el argumento peruano de que las zonas marítimas entre el Perú y Chile nunca han sido delimitadas ni por acuerdo ni de alguna otra forma. En contraposición, Chile argumenta que los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 ya fijaron la frontera marítima.


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