El Perú entero aguardamos fallo
favorable en La Haya sobre litigio marítimo con Chile
HAYA O NO HAYA ... HAY SERÁ
La demanda interpuesta ante La
Haya fue presentada por Perú en 2008 para solicitar la delimitación de la
frontera marítima con Chile.
Todos los peruanos confiamos
en el trabajo de la cancillería para obtener un fallo favorable en el diferendo
marítimo con Chile que se dirime en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de
La Haya.
Como se recuerda la
demanda interpuesta ante La Haya fue presentada por Perú en 2008 para solicitar
la delimitación de la frontera marítima con Chile, todos los peruanos esperamos
que el fallo de los altos magistrados se haga con apego a la justicia y el derecho.
Hoy se inicia los
alegatos orales a cargo de los representantes de Chile y Perú en La Haya.
Chile sostiene que
los límites marítimos entre los dos países ya fueron definidos por los
convenios de pesca de los años 1952 y 1954, postura rebatida por Perú y que merece
el rechazo nacional.
La etapa oral del
litigio marítimo en La Haya se prolongará 11 días hasta el próximo 14 de
diciembre, después del cual ambas partes esperarán a que los jueces emitan el
fallo en 2013.
LAS SENTENCIAS
DICEEN:
Según el diario El
Comercio, la primera sentencia de la corte (13 de diciembre del 2007) resolvió
un pedido de excepción preliminar en que se argumentaba que La Haya no era
competente para ver el Caso Colombia-Nicaragua, porque los límites marítimos ya
estaban fijados a través de instrumentos internacionales.
“Después de examinar
los argumentos presentados por las partes y el material entregado, la corte
concluye que el tratado de 1928 y el protocolo de 1930 no tienen efecto en una
delimitación general de la frontera marítima entre Colombia y Nicaragua”. Es decir
que no estaba claro que el tratado y acuerdo mencionados delimitaban la
frontera.
La corte también
precisó que “un cuidadoso examen de las discusiones prerratificatorias del
tratado de 1928 por y entre las partes confirma que ninguna de ellas asumió en ese
tiempo que el tratado y protocolo fuera designado para efectuar una
delimitación general del espacio marítimo entre Colombia y Nicaragua”. Esto nos
favorece porque el caso del diferendo marítimo Perú-Chile es similar.
El otro fallo al que
hace referencia el diplomático chileno es el Caso Honduras-Nicaragua (8 de
octubre del 2007), el cual favorece aun más la causa peruana: “El
establecimiento de una frontera marítima permanente es materia de una
trascendental importancia y no es fácil de presumir un acuerdo. Una línea de
facto podría, en ciertas circunstancias, corresponder a la existencia de una
frontera legal acordada o podría estar más en la naturaleza de una línea
provisional o una línea para un propósito limitado y específico, tal como
compartir un recurso escaso. Incluso si ha habido una línea provisional
considerada conveniente durante un período de tiempo, esto debe distinguirse de
una frontera internacional”.
La jurisprudencia
que se establece en ambas sentencias respalda más el argumento peruano de que
las zonas marítimas entre el Perú y Chile nunca han sido delimitadas ni por
acuerdo ni de alguna otra forma. En contraposición, Chile argumenta que los
acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 ya fijaron la frontera marítima.
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