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jueves, 27 de octubre de 2016

GORGOJOS EN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO Y NO SANCIONARON A PROVEEDORA

LUIS ALBERTO ORTIZ SOBERANES FUE SANCIONADO CON TRES DÍAS DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE HABER 

GORGOJOS EN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO Y NO SANCIONARON A PROVEEDORA
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          DP Diario del Pueblo online.
No sancionaron a empresa proveedora de frejol contaminado  
            El actuar negligente del gerente puso en riesgo que el referido producto no fuera entregado por la proveedora.

Un escándalo más alcanza a la actual gestión municipal de la comuna huanca. Alimentos de mala calidad habría distribuido el Programa Vaso de Leche en localidades tan pobres, así como a comedores populares, que podría haber cobrado la intoxicación masiva de niños.

Según la Resolución de Sub gerencia N° 097 -2016 – MPH/GA- SGGRH, indica que luego de revisado los documentos anexados al expediente, así como el descargo del infractor se determina que si le asiste responsabilidad funcional en los hechos descritos, por cuanto, al haber tomado conocimiento en forma verbal de que los bienes (frejol panamito) se encontraba con gorgojos.

Pero debió de informar de forma inmediata y por escrito a su jefe inmediato (Gerente Municipal o  Gerente de Administración), a fin de tomar las acciones administrativas y legales correspondientes, por cuanto a la fecha de suscripción del Acta de Reposición 31 de agosto de 2015 obrante a fojas 13 de autos, ya se había vencido el plazo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, para resolver los vicios ocultos. 

Esta misma Resolución concluye que el gerente de Desarrollo Social e Inclusión Social no participó en la primera acta de reposición del 31/08/2015, determinándose que quienes actuaron deliberadamente transgrediendo la norma de forma directa fueron: el responsable del Programa de Complementación Alimentaria de ese entonces, así como el responsable de Almacén, quienes también están siendo procesados.

Sin embargo, el hecho que no participe de la firma de la cuestionada acta, no lo exime de responsabilidad a Luis Ortiz Soberanes, porque debió de supervisar las acciones de su personal a cargo, más aún al tratarse de productos comestibles  que se encuentran destinados a la población de menores recursos.

Asimismo, las actas firmadas de fechas 30 de octubre y 09 de noviembre del 2015, juntamente con los informes N° 002 – 2015 y N° 046 -2015  de fecha 11/08/2015; y el documento de fecha 31 de agosto del 2015 obrante a fojas 67 de autos, se advierte que la empresa tardíamente cumplió con reponer la totalidad frejol panamito, pero que con su actuar negligente el mencionado gerente puso en riesgo que el referido producto no fuera entregado por la proveedora.    

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